¿Cómo adquirir un Estorbo Público?

¿CÓMO ADQUIRIR UN ESTORBO PÚBLICO EN FAJARDO?
El video informativo de cómo adquirir un estorbo público en el Municipio Autónomo de Fajardo tiene como propósito exponer los mitos más comunes y notificar sobre los requisitos y documentos que debe entregar cada ciudadano y público en general en la Oficina de Secretaría Municipal para iniciar el proceso de adquisición. La ley que regula las propiedades que por sus condiciones deban ser calificadas como estorbos públicos en Puerto Rico es la Ley Núm. 107 del 14 de agosto de 2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, en específico el Capítulo II que trata sobre la Restauración de las Comunidades. Ahora bien, queremos mencionar que nuestro “Reglamento para la Identificación, Declaración y Erradicación de Estorbos Públicos” aprobado mediante la Ordenanza 13 del 2021-2022 está basado o atemperado a las disposiciones del Ley 107-2020 antes mencionada.
De otra parte, estamos conscientes en que actualmente en Puerto Rico y en Fajardo estamos atravesando por una crisis de asequibilidad de vivienda. Por lo tanto, deseamos ser transparentes y comunicar que tenemos como objetivo desarrollar a largo plazo otras medidas y alternativas que atiendan la crisis de vivienda actual. Para comenzar, debemos publicar el siguiente video, el inventario el cual estará compuesto de dos listados de propiedades disponibles para la venta (las propiedades que ya han sido expropiadas forzosamente) y las propiedades declaradas estorbo público. Estas medidas o alternativas son solo el comienzo de un largo camino por recorrer para atender la crisis de vivienda en nuestro municipio.
Ahora bien, es importante aclarar varios puntos para nuestros ciudadanos y personas interesadas en adquirir estorbos públicos que tienen como intención reconstruir y restaurar estas propiedades para que las mismas no representen una amenaza a la salud y seguridad pública en nuestras comunidades.
Los puntos para aclarar son los siguientes:
1. Los días que se REPARTIRÁN las solicitudes y documentos requeridos al público por Secretaría Municipal serán solamente los lunes y Jueves de 8:00am-4:30pm.
2. Es importante exponer que los costos de las propiedades y del proceso que conlleva adquirir un estorbo público NO son establecidos por el Municipio,
sino que fueron previamente regulados o establecidos en la Ley Núm. 107-2020. Este proceso es completamente nuevo para nuestro Municipio y es solo el comienzo de una etapa necesaria para lograr la erradicación de los estorbos públicos que existen en nuestro Municipio.
3. Ni el municipio ni el Alcalde tiene permitido regalar o vender a bajo costo estas propiedades, ya que esto no está permitido por la Ley Núm. 107-2020 ni por nuestro “Reglamento para la Identificación, Declaración y Erradicación de Estorbos Públicos”.
4. El inventario de estorbos públicos que se presenta a continuación con los dos listados es un documento vivo y dinámico. Se actualizará continuamente a medida que sean entregados los informes de tasación de cada propiedad.
5. Las querellas para iniciar el proceso de declaración de un estorbo público deben basarse en el hecho de que la propiedad, en su estado actual, representa una amenaza para la salud y la seguridad pública en su vecindario, no solo porque el solicitante busca obtener ganancias. Sin embargo, la realidad que vivimos en nuestro municipio es que las querellas, cartas, y formulario virtual para denunciar una propiedad abandonada la mayoría lo hace porque tienen un interés en particular como por ejemplo, desean obtener una vivienda propia, desarrollar su propio negocio, entre otros intereses. Es por tal motivo que en el video en el minuto 1:58 se hace énfasis en que entregar una querella o entregar una carta demostrando interés en un estorbo público no significa que tendrá prioridad o que la propiedad se le venderá a usted, significa que tiene interés en la propiedad y que se le estará notificando para traer todos los documentos requeridos. Por lo tanto, este video informativo tiene como propósito informar/notificar a nuestros ciudadanos y público en general sobre los documentos requeridos.
Agradecemos su cooperación en la distribución del video para que todos aquellos que no tienen acceso a las redes sociales o página web de nuestro municipio puedan ser notificados. En el área de recepción de nuestro municipio estaremos presentando el video informativo para todos aquellos que nos visiten especialmente a nuestra población de la tercera edad y personas que no tienen acceso a la tecnología.
Enlace para ver las Propiedades Declaradas Estorbos Públicos